martes, mayo 29, 2012

28 de Mayo: “Día Internacional de Acción por la Salud de las Mujeres”

Varias Organizaciones / Kaos en la Red
Un Estado laico y democrático debe garantizar la libertad y el respeto de las creencias de todas las personas. Es su responsabilidad diseñar y ejecutar eficazmente políticas públicas que garanticen el derecho a la salud integral de las mujeres.

El 28 de mayo de 1987 se realizaba en San José de Costa Rica el V Encuentro Internacional de Salud de las Mujeres. Durante la reunión, las integrantes de la Red Mundial de Mujeres por los Derechos Reproductivos plantearon la urgencia de luchar por lograr mayor participación en las políticas públicas en el área de la salud de las mujeres. En este marco propusieron declarar el 28 de Mayo como el “Día Internacional de Acción por la Salud de las Mujeres”.

En ese marco, organizaciones de mujeres de la provincia de Río Negro convocamos a las distintas actividades que se realizarán en el territorio y solicitamos al Poder Ejecutivo, Poder Legislativo y Poder Judicial, del orden local y/o provincial, que tomen medidas proactivas tendientes a que todas las mujeres accedan a servicios de salud que garanticen el goce de este Derecho Humano.



LA Organización Mundial de la Salud define salud como el completo estado de bienestar físico psicológico y social y no la ausencia de enfermedad. De modo que cualquier situación que aleje la posibilidad de ejercer el derecho a la Salud sea por falta de accesibilidad, por situaciones de violencia familiar o laboral (como los denunciados recientemente por cinco mujeres de Bariloche hacia el Defensor del Pueblo de Bariloche), o por brecha salarial , trabajo informal y doble jornada laboral impactan sobre la Salud de las Mujeres determinando su calidad de vida.
La situación de desigualdad estructural hacia las mujeres se multiplica de manera cruel en niñas, jóvenes, adultas mayores o están en situación de pobreza, discapacidad, mujeres en situación de cárcel, o quienes tienen HIV, pertenecen a colectivos de diversidad sexual, o a pueblos originarios, al mundo rural o son migrantes, por lo que se exige prioritaria atención y políticas públicas a largo plazo en estos casos.

La afectación de derechos se agrava por centrarse, en su mayor parte, en un grupo con múltiples desventajas como las mujeres en situación de pobreza, y en esa doble fuente de desigualdad estructural, los derechos sexuales y reproductivos se encuentran lejos de estar garantizados en plenitud. Además, el abuso de la restricción en la provisión de información y métodos anticonceptivos empuja a las mujeres a una maternidad no querida o al aborto en situación de riesgo y clandestinidad. Por otra parte, la negativa a llevar a cabo los abortos en los casos permitidos por la legislación pone en riesgo la vida o la salud de las mujeres.
En consonancia las organizaciones, grupos y personas comprometidas con la defensa de los derechos humanos, consideramos imprescindible que el Congreso de la Nación debata y sancione el proyecto Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo; porque esta es una deuda que la democracia tiene con las mujeres en Argentina.
La despenalización y legalización del aborto es un tema de justicia social, porque el aborto clandestino sin condiciones sanitarias pone en peligro la vida y la salud de las mujeres más pobres. El aborto clandestino condena a la muerte a cientos de mujeres por año en nuestro país y es la primera causa de Mortalidad Materna en Argentina. La criminalización del aborto no impide su práctica, como lo demuestra la realización de alrededor de medio millón de abortos por año.
Un Estado laico y democrático debe garantizar la libertad y el respeto de las creencias de todas las personas. Es su responsabilidad diseñar y ejecutar eficazmente políticas públicas que garanticen el derecho a la salud integral de las mujeres.
Por otra parte, pedimos a las autoridades sanitarias de la provincia garantice de mujeres que han sido violadas puedan realizarse abortos no punibles, contemplados por nuestra Constitución Nacional, al igual que todos los casos que la ley contempla, tal como la Corte Interamericana de DDHH lo solicitó en el caso LMR y como dejó sentado el fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en día 13 de marzo de 2012 en el caso de una menor de Chubut que solicitó un Aborto No Punible.

Firman este documento:

Red Las Unas y Las Otras, San Carlos de Bariloche

Blog Hijas de Eva, Periodismo con Perspectiva de Género (http://hijasdeeva.wordpress.com/)

Red Interinstitucional que Trabaja en la Prevención de la Violencia de Género de Viedma

Marina García Barros, Directora del Departamento de Arte Dramático IUPA, y artista independiente

Dra. Rosana González, Direccion Gral. de la Mujer de la Municipalidad de San Carlos de Bariloche

Observatorio de DDHH de Río Negro

Observatorio de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (UNCo-UE-Secretaría de DDHH de Nación)

CONSAVIG Río Negro (Comisión Nacional que elabora sanciones a la Ley 26. 485)

Daniela Carco, 25989811
Bibiana Misischia, 18394181
Paula Núñez , 23114790

Ely Romero, Profesora de Teatro, Directora Teatro de La Estación, Gral. Roca

( quienes quieran adherir comunicarlo al Blog Hijas de Eva)

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