miércoles, febrero 17, 2010

Argentina: Un derecho que terminó en la Justicia...

Es un nuevo caso de aborto no punible, esta vez en Comodoro Rivadavia. Una adolescente de 15 años embarazada denunció que fue violada por su padrastro y reclama un aborto. El hospital rechazó hacer la práctica. Ahora debe decidir una jueza.
Por Mariana Carbajal/ Página 12

“Si no me dejan abortar, me mato.” Con esta frase corta y contundente, una adolescente de 15 años, de Comodoro Rivadavia, expresó en los tribunales y en el hospital regional local su decisión de interrumpir un embarazo producto, según denunció, de una violación perpetrada por su padrastro, un agente de la policía provincial con quien su madre y ella convivían desde hacía ya varios años.
La joven, acompañada por su madre, pidió en enero una autorización judicial para que le realizaran un aborto no punible. El caso está en manos de la jueza de Familia Nº 3 Verónica Daniela Robert, quien emitirá su veredicto en las próximas horas. “El caso no debió haberse judicializado. Encuadra en las excepciones previstas en el Código Penal y el Estado debe garantizar el derecho que tiene la niña”, señaló a Página/12 Alejandra Tolosa, delegada del Inadi en la provincia de Chubut.

Mientras la adolescente espera una respuesta, el embarazo avanza y el acusado de la violación está en libertad. La denuncia por el ataque sexual fue recibida en la Agencia de Delitos contra la Integridad Sexual y las Relaciones Familiares de Comodoro Rivadavia, a cargo de la fiscal especializada Liliana Ferrari. La fiscal pidió la detención del padrastro de la adolescente, que se efectivizó pero apenas por 24 horas. Interviene en la causa penal la jueza Margarita Psister. Ferrari solicitó la prisión preventiva del imputado, pero la magistrada rechazó el pedido. “El relato de la niña está validado por psicólogas forenses”, destacó a este diario la fiscal. Ferrari prefirió no tomarle declaración para evitar revictimizarla. Esperará el resultado de un estudio de ADN sobre el producto de la gestación, una vez que se produzca –si se autoriza– la interrupción del embarazo. La fiscal confirmó que la niña expresó su deseo de abortar.

En la Argentina, los abortos permitidos por ley se encuentran regulados en el segundo párrafo del artículo 86 del Código Penal que establece que:

“El aborto practicado por un médico diplomado con el consentimiento de la mujer encinta no es punible:
1

Si se ha hecho con el fin de evitar un peligro para la vida o la salud de la madre y si este peligro no puede ser evitado por otros medios;
2

Si el embarazo proviene de una violación o de un atentado al pudor cometido sobre una mujer idiota o demente. En este caso, el consentimiento de su representante legal deberá ser requerido para el aborto.”

El pedido del aborto no punible recayó en el Juzgado de Familia Nº 3. Un equipo técnico de psicólogas y una asistente social del tribunal escucharon a la adolescente. Ante ellas, manifestó claramente que si no le permitían interrumpir la gestación se suicidaría. La jueza Robert pidió su opinión al equipo técnico. Las profesionales dieron su aval a la interrupción del embarazo solicitada y consideraron que debe autorizarse. La magistrada solicitó también al hospital regional de Comodoro Rivadavia su visión del caso. Un comité de bioética reunido ad hoc entregó ayer un dictamen al juzgado en el que rechazan la realización de la práctica.

“Nadie está obligado a tener una actitud heroica”, fue la explicación que dio a este diario el director del hospital, Alberto Díaz Legaspe, para fundamentar la negativa del centro de salud de avalar el aborto solicitado por la adolescente. Legaspe dio dos argumentos: por un lado, consideró que dudaban de que el caso encuadrara en los permisos previstos en el Código Penal para abortar y, por otra, tenían temor de ser denunciados penalmente por llevar adelante la práctica. “Por cualquier cosa te hacen un juicio por mala praxis”, agregó en diálogo con Página/12. El comité de bioética fue conformado el viernes por el jefe de Ginecología y Obstetricia del hospital regional, Juan Pires; la jefa de Salud Mental, Susana Martining, y la abogada María Inés Cosentino. Se expidieron después de que la adolescente fuera sometida a una ecografía y a un examen de salud mental. También en ese ámbito, la jovencita manifestó que se mataría si no la dejan abortar. De acuerdo con la ecografía, estaría terminando, por estos días, la 16ª de gestación.

La decisión de la jueza Robert sería inminente. En un caso idéntico, tres años atrás la jueza de menores de Mar del Plata Silvia Darmandrail avaló un aborto no punible pedido por una nena que tenía 14 años y había sido abusada sexualmente por su padrastro. Darmandrail fundamentó su resolución en el inciso 1 del artículo 86 del Código Penal. La jueza marplatense se basó en la definición de salud de la Organización Mundial de la Salud: “La salud es un estado de completo bie-nestar físico, mental y social, y no sólo la ausencia de enfermedad o dolencias”, puntualizó, y autorizó la práctica a fin de evitar el riesgo para la salud psíquica y física de la niña. Su fallo fue confirmado en segunda instancia. Pero además la Cámara de Apelaciones en lo Civil de Mar del Plata consideró que el caso también encuadraba en el inciso 2 del artículo 86 por tratarse de un embarazo producto de una violación.

Aunque los sectores conservadores pretenden darle una interpretación restrictiva, el inciso 2 es para cualquier mujer que ha sido violada y no únicamente para aquellas que tengan una discapacidad mental: ésta es la visión que asume la Guía Técnica para la Atención Integral de los Abortos No Punibles, elaborada por el Ministerio de Salud de la Nación durante la gestión del ex ministro Ginés González García. Y es la misma que incluye un protocolo de atención para estos casos, que la delegación con sede en Puerto Madryn del Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo (Inadi) recomendó adoptar en los hospitales de Chubut, a través de una presentación a la Secretaría de Salud de la provincia, según informó la representante local del organismo a Página/12. “También presentamos esa recomendación en la Legislatura –apuntó Tolosa–-. Serviría justamente para evitar demoras y que estos casos terminen judicializados”, opinó.

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