lunes, octubre 29, 2012

Foro Regional “Pueblos y mujeres indígenas y su derecho a la consulta previa: retos y desafíos a nivel regional (Colombia, Ecuador, Perú y Bolivia)”


UNIFEM Andina El 18 de octubre 2012, el Programa Regional Indígena de ONU MUJERES Región Andina organizó en Quito en el Hotel Embassy, un Foro Regional sobre derecho a la Consulta Previa con la participación de organizaciones indígenas de tierras altas y bajas de Bolivia, Perú, Colombia y Ecuador, así como de expertos/as académicos/as, abogados/as, magistrados/as y representantes de organizaciones internacionales como la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, y del Programa de Promoción y Aplicación de los Derechos de los Pueblos Indígenas en América Latina PRO 169 de la OIT.

En la sesión de apertura estuvieron presentes: Diego Zorrilla, Coordinador Residente del SNU-Ecuador (ONU), Nidya Pesantez, Oficial Encargada de ONU Mujeres Región Andina (ONU), María Andrade, Programa Regional Indígena -ONU Mujeres Región Andina, Carlos Mamani, ex presidente del Foro Permanente de Cuestiones Indígenas, Guillermo Fernández, Oficina del Alto Comisionado de Derechos Humanos (OACDH Ecuador), Liliam Landeo, PRO 169-OIT, y Daniel Cerqueira, Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).

La Consulta Previa es un importante Derecho Colectivo de los Pueblos Indígenas y es un medio para hacer efectivos el conjunto de derechos colectivos reconocidos en el marco internacional (Convenio 169 de la OIT, Declaración de Derechos de los Pueblos Indígenas de Naciones Unidas) y en los marcos nacionales de algunos países de la región, existiendo una importante jurisprudencia al respecto en la Corte Interamericana de Derechos Humanos con pronunciamientos claves en la materia.

El tema de la consulta previa tiene relevancia en la coyuntura actual sobre la relación entre pueblos indígenas y Estado, en la definición de los modelos de desarrollo. En países como Bolivia, Perú, Ecuador y Colombia, se han expedido recientemente leyes secundarias o reglamentos para viabilizar su implementación. En el caso del Perú, en el 2011 una Ley de Consulta Previa fue expedida, y en lo posterior una propuesta de Reglamento de la Ley de consulta fue debatida con las organizaciones de pueblos y mujeres indígenas. En Bolivia, se han expedido leyes de Consulta Previa para específicas regiones como el Tipnis. En el Ecuador está en proceso la consulta pre-legislativa sobre importantes leyes que repercuten en las condiciones de vida de los pueblos indígenas, y así mismo desde la Subsecretaría de Hidrocarburos se están efectuando consultas en el Marco de la XI Ronda Petrolera.

Los objetivos del Foro se centraron en fortalecer los conocimientos por parte de líderes y lideresas indígenas sobre el marco normativo internacional referente al Derecho de la Consulta Previa, y al Consentimiento libre, previo e informado; conocer mecanismos para la exigibilidad de este derecho y su implementación conforme los estándares internacionales.

El Foro permitió generar un espacio de intercambio de experiencias en relación a la normatización /reglamentación e implementación de la Consulta Previa en los países de la región andina, y los avances, nudos críticos y retos en la interlocución entre pueblos indígenas y Estado. También se reflexionó sobre el nivel de participación de las mujeres indígenas en los procesos de Consulta Previa y reforzar la relación entre organizaciones indígenas y el Sistema de Naciones Unidas para reafirmar el mandato hacia el cumplimiento de los derechos humanos colectivos e individuales de los pueblos indígenas por parte de los Estados.

Con el Foro, se quiere subrayar la importancia de la participación de las mujeres indígenas en la toma de decisiones sobre medidas administrativas, legales y sobre las políticas de desarrollo en su repercusión sobre sus condiciones de vida, territorios y recursos naturales. Las mujeres indígenas frecuentemente han sido excluidas por parte de los actores del desarrollo a pesar de su rol protagónico en la defensa de la vida, siendo clave su empoderamiento sobre la base del conocimiento de sus derechos.

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