sábado, julio 14, 2012

Perú: Relaciones sexuales entre adolescentes, al margen de la ley

Julia Vicuña Yacarine
(Especial de SEMlac).- Después de apagarse la luz de la tienda de la esquina, salió sigilosamente por la ventana de su cuarto. En el hogar, todos dormían, era casi la una de la madrugada. Tenía mucho miedo, debía llegar a casa de su abuela, huir. Ella lo protegería. "Karina va a sufrir mucho ahora que tiene tres meses de embarazo, pero no quiero ir a la cárcel, sólo tengo 17 años", pensaba Alan mientras corría hacia la carretera.

Y es que en el Perú, según el artículo 173 del Código Penal, que entró en vigor desde 2006, las relaciones sexuales entre adolescentes de 14 a 18 años están consideradas como violación y sancionadas con una pena de hasta 30 años de cárcel, así sean consentidas, lo que da lugar a muchas incoherencias legales, atenta contra la familia e incluso genera problemas para la prevención y atención de embarazos en adolescentes.

En atención a ello, la Comisión de la Mujer y Familia del Congreso aprobó recientemente modificar la norma así como el artículo 173-A del Código Penal para sancionar con cadena perpetua la violación sexual de un menor seguido de muerte o lesión grave. El proyecto se encuentra ahora en manos del pleno y cuenta con el respaldo de organizaciones de mujeres y de defensa de adolescentes.

La directora del Movimiento Manuela Ramos, Jennie Dador, explicó a SEMlac que la ley actual faculta al Juzgado de Familia a abrir proceso a los menores infractores y, de acuerdo al criterio del juez, los adolescentes podrían ser condenados a cumplir medidas reeducativas o penas en centros de rehabilitación para menores.

"Pero si el sistema desconoce quién es el padre del hijo de una menor de edad no hay problema. Las jóvenes, por lo general, se niegan a dar el nombre del padre de su hija o hijo, trayendo como consecuencia que la criatura no es reconocida por su padre, pues él está impedido de afirmarlo al correr el riesgo de ser procesado", explicó.

Para Dador, "las relaciones sexuales entre adolescentes se deberían despenalizar por las consecuencias que genera. Se trata de reconocer que (los y las adolescentes) tienen derecho a la toma de decisiones, pero, aclaró, permitir las relaciones sexuales entre adolescentes no implica, evidentemente, la aplicación de figuras como la seducción, la violación o la coacción", que ahora están en vigencia.

Jossy Cárdenas, coordinadora del Programa Derechos Sexuales y Ciudadanía en Salud del Centro de la Mujer Peruana Flora Tristán, señaló que, desde su experiencia en el acceso a servicios de salud, "la aplicación del artículo 173, ha generado múltiples obstáculos para la prevención y atención de embarazos en adolescentes, producto de relaciones sexuales consentidas".

"La penalización de relaciones sexuales entre adolescentes constituye una incoherencia entre la normativa penal y civil del país, dado que, según el Código Civil peruano, un/a adolescente de 16 años tiene derecho a contraer matrimonio y reconocer a sus hijos e hijas, con el consentimiento de sus padres; pero incurriría en infracción si sostuviera relaciones sexuales", explicó.

Por su parte, Mayda Ramos, adjunta para la Niñez y Adolescencia de la Defensoría del Pueblo, afirmó que para reducir el alto índice de menores embarazadas, que alcanza al 22,5 por ciento en las zonas más pobres del Perú, se deben implementar programas de orientación sexual para adolescentes en postas médicas o en cualquier establecimiento de salud cercano a las comunidades.

"El inicio sexual de los adolescentes se daría en una edad más madura si hay una buena orientación. Ellos entenderían que existen consecuencias negativas, como el embarazo precoz y las enfermedades de transmisión sexual", indicó.

Estadísticas alarmantes

La maternidad adolescente en el Perú es un fenómeno creciente en las últimas décadas. Según la Encuesta Demográfica y de Salud Familiar 2011, 13 de cada 100 adolescentes entre 15 a 19 años de edad ya son madres o están embarazadas por primera vez; y el 40 por ciento de adolescentes tuvo relaciones sexuales antes de los 18 años.

La maternidad adolescente es cuatro veces mayor en muchachas sin educación (37%) que con educación secundaria y es más frecuente entre mujeres con lenguas maternas nativas como el shipibo-conibo, aguaruna, asháninka, que entre las adolescentes con lengua materna quechua, aymara o castellano.

El embarazo en jóvenes de esta franja etaria se concentra en mayor proporción en zonas rurales, en la selva de los departamentos de Loreto, Ucayali, San Martín y Amazonas, y en regiones urbano-marginales de áreas metropolitanas de Lima, Callao, Piura y Trujillo, en la costa peruana.

De acuerdo con el "Estudio diagnóstico en adolescentes en el Perú: comportamientos sexuales y acceso a condón", de la Unidad de Enfermedades de Transmisión Sexual (ETS/sida de la Universidad Cayetano Heredia), la edad promedio de inicio de relaciones sexuales en el grupo de 15 a 19 años, es de 16 años en mujeres y 15,5 años en varones.

Mientras que en el grupo de 12 a 14 años las edades de inicio reportadas estuvieron entre 10-14 años.

El diagnóstico señala que entre el 60 y 70 por ciento de adolescentes no utilizó protección efectiva para evitar el embarazo. De estos, el 20 por ciento de mujeres y varones reportan haber tenido relaciones bajo el efecto del alcohol.

Según esa investigación, no existen canales de comunicación e intercambio entre madres, padres y adolescentes, lo cual incrementa el riesgo de embarazos no deseados, bajo uso de condón, menor autoestima e incapacidad de negociación con la pareja.

Los adolescentes reconocen que la mayor fuente de información proviene de los profesores, aunque la califican de insuficiente o pobre. Por su parte, las adolescentes entre 12 y 14 años afirman que las fuentes fundamentales son sus madres primero y luego los profesores y para los varones, los profesores y después sus madres.

No está en agenda

La mortalidad materna en adolescentes, según datos proporcionados por la Oficina General de Estadística e Informática del Ministerio de Salud, se ha incrementado de 18,2 por ciento en el año 2005 a 20,18 por ciento en 2008.

Para el Grupo de Trabajo para la Prevención del Embarazo Adolescente de la Mesa de Concertación de Lucha Contra la Pobreza, la prevención del embarazo adolescente no se ha destacado en los presupuestos ni en las agendas de los sectores del Estado con responsabilidad sobre esta problemática.

Sostiene que es importante invertir en las y los adolescentes porque son sujetas/os de derecho, razón por la cual sus derechos sexuales y reproductivos deben ser garantizados por el Estado.

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