El debate sobre el aborto se despertó en Perú. El puntapié que abrió la discusión pública lo dio la Comisión Especial del Congreso Revisora del Código Penal que recomendó a comienzos del mes la despenalización en casos de violación y malformaciones congénitas en el feto. El Ministerio de Justicia pidió al cuerpo que reconsiderada su dictamen, pero el planteo fue rechazado la semana pasada. Llamativamente, en momentos en que grupos católicos y evangélicos reclaman que se archive el proyecto que ampliaría el acceso al aborto, el jueves el Tribunal Constitucional dio a conocer un fallo que prohíbe al gobierno de Alan García la distribución gratuita de la anticoncepción hormonal de emergencia, conocida como píldora del día después, por considerar –erróneamente– que no hay evidencias científicas para descartar que sea abortiva. La sentencia responde a un recurso de amparo presentado en 2004 por una ONG religiosa.
En abril de 2008, el Tribunal Constitucional de Chile tomó la misma decisión en un controvertido fallo. Ambos fallos no son aislados: grupos “antiderechos” están litigando en la Justicia en distintos países de América latina, incluida la Argentina, para obstruir el acceso a los derechos sexuales y reproductivos.
La inesperada sentencia del Tribunal Constitucional de Perú se coló en medio del debate abierto a partir de la propuesta de la Comisión Revisora del Código Penal de despenalizar el aborto en casos de violación y de malformaciones fetales congénitas, que se anunció el 7 de octubre. “En virtud a lo que dicen ambas posiciones, no hemos llegado al convencimiento de que sea o no abortiva (...) pero ante la duda está el derecho a la vida”, alegó el presidente del TC, Juan Vergara Gotelli, para justificar la resolución.
El fallo dividió al gabinete presidencial. Los ministros de Salud, Oscar Ugarte, y de Mujer y Desarrollo Social, Nidia Vílchez, cuestionan la decisión suprema y consideran que es injusta con las mujeres más pobres. Sin embargo, el ministro de Defensa, Rafael Rey, y el cardenal de Lima, Luis Cipriani, ambas connotadas figuras del Opus Dei en Perú, celebraron el fallo. Apenas un puñado de países en el mundo prohíbe la distribución de la píldora (AHE).
“Para frenar el aborto en el Perú en caso de violación o de embarazos no deseados se necesita la píldora del día siguiente”, dijo el ministro de Salud, y señaló que impedir la distribución contribuye al aborto ilegal. Pese a ello, indicó que se acatará el fallo.
En las farmacias la píldora se puede adquirir bajo prescripción médica al precio de 25 soles (ocho dólares), una alternativa lejos del bolsillo de las mujeres pobres, denunciaron a su turno ONG feministas.
“Estamos entrando a una especie de régimen semiteocrático. Nunca más deberíamos criticar o asombrarnos de los musulmanes cuando nos llegan noticias de que el velo se volvió obligatorio, que lapidaron a una mujer por adúltera”, editorializó el diario limeño Correo. “¡Bienvenidos a Perustán!”, acotó el diario, cuya posición anticlerical es conocida y que además es uno de los que apoyan la despenalización del aborto en casos especiales.
En el Perú, el aborto está penalizado desde 1863, cuando fue aprobado el primer Código Penal. Varias décadas más tarde, el Código Penal de 1924 estableció como única figura no punible el aborto terapéutico, y el actual, promulgado en 2004, penaliza con pena privativa de la libertad no mayor de dos años o prestación de servicio comunitario todas las formas de aborto con excepción del terapéutico, e incluye como atenuantes el aborto eugenésico y el ético o sentimental.
Numerosas evidencias, sin embargo, dan cuenta de que, en Perú –como ocurre en la Argentina y en otros países– un marco legal restrictivo no resulta disuasivo para que las mujeres recurran al aborto. Una investigación reciente los estimó en 376 mil por año. Las consecuencias de los abortos inseguros causan el 7 por ciento de la mortalidad materna y producen más de 60.000 hospitalizaciones al año. El aborto ocupa el cuarto lugar como causa de muerte de mujeres en gestación, según el Ministerio de Salud. En la Ley de Salud existe una norma legal que obliga al personal médico a denunciar los casos en que existan indicios de aborto, lo que quiebra el principio de confidencialidad médico-paciente. Este cuadro contribuye a que el aborto constituya en Perú un grave problema y de salud pública y de justicia social, al que el Estado debe enfrentar con la eliminación de la normatividad punitiva, con políticas adecuadas y los recursos correspondientes, señaló la ONG Flora Tristán, que trabaja en la defensa de los derechos de las mujeres.
La Comisión Especial Revisora del Código Penal está integrada por representantes de distintos ámbitos: a favor de la propuesta de despenalizar parcialmente el aborto votaron Rosa Mavila, miembro de la Junta Directiva del Colegio de Abogados de Lima (CAL); Víctor Prado, representante del Poder Judicial; Luis Bramont, de la Asamblea Nacional de Rectores, y Ricardo Váscones, del Ministerio de Justicia. En casos de malformaciones congénitas, argumentaron que a una mujer no se le puede imponer la carga de tener un hijo “que se va a morir”.
En contra de la propuesta votaron Arsenio Oré, miembro del CAL, y Fernanda Ayasta, representante del Ministerio de Justicia, que argumentaron que debía protegerse la vida del por nacer, independientemente de las circunstancias.
Las conclusiones de esta comisión serán remitidas a la presidencia del Congreso, que determinará, finalmente, si se eleva a debate entre los 120 legisladores que lo conforman. En el marco del debate, la organización con base en Estados Unidos Human Rights Watch consideró que el Congreso “debe apoyar” la despenalización parcial del aborto como una “cuestión de derechos humanos”.
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