Las cifras de mortalidad materna son escalofriantes. Los instrumentos jurídicos avanzan en el reconocimiento del derecho de la mujer a decidir pero falta la decisión política por parte del Estado.
Cifras escalofriantes. Argentina 2008
El problema del aborto - mortalidad materna amerita encontrar un eje para la acción, que exija a la mayoría de la población interesada, movilizarse para transformar esta situación.
Consideramos que el movimiento de mujeres, fragmentado por cuestiones estratégicas, debe nucleares en torno a la consigna: BASTA DE MORTALIDAD MATERNA POR ABORTOS CLANDESTINOS.
En nuestro desarrollo sobre las relaciones sociales en la sociedad capitalista (1), damos cuenta de su complejidad y la función que cumple el Estado dentro de las mismas. Pero el análisis de esta complejidad, no debe ser un obstáculo para unirse en la acción a personas con otras lecturas conceptuales de la realidad.
En el movimiento de mujeres tenemos un eje, elaborado desde hace muchos años vinculado a la prevención, la educación y la asistencia sintetizado en la consignas:
• Educación sexual para decidir
• Anticonceptivos para no abortar
• Aborto legal para no morir
Repasando la historia reciente
El 28 de mayo de 2005, Día Internacional de Acción por la Salud de las Mujeres, fue lanzada la Campaña Nacional por el Derecho al Aborto Legal, Seguro y Gratuito, que tuvo como objeto la recolección de firmas en todo el país y su presentación en el Congreso de la Nación. En el marco de esta campaña y a partir de cifras concretas, proponemos reflexionar acerca del flagelo de la mortalidad materna, fenómeno directamente relacionado con el no reconocimiento de este derecho, y que afecta sobre todo a las mujeres pobres (2).
El caso Romina Tejerina (3) y la polémica en torno a la autorización para el aborto terapéutico a una mujer de 35 años embarazada de veinte semanas instalaron en la opinión pública el tema de los derechos de las mujeres a decidir sobre nuestro cuerpo frente a los distintos tipos de adversidades que debemos padecer y contra las cuales debemos luchar: violación, embarazos no deseados y su prevención. Los derechos a decidir sobre nuestra salud, a una sexualidad sin coerción ni violencia y a una maternidad voluntaria son parte de los derechos humanos.
¿Por qué decimos que las cifras son escalofriantes?
Un gran paso dado en la legislación argentina en este sentido fue la aprobación de la Ley N° 25.673 de Derechos Sexuales y Procreación Responsable, que entró en vigencia el 22de noviembre de 2002 y que posibilita el acceso de toda la población femenina a la atención ginecológica y a la prescripción de los métodos anticonceptivos más convenientes.
No obstante esto, la despenalización del aborto sigue siendo una reivindicación prioritaria debido a las muertes maternas que causa. Las cifras son escalofriantes, y son sólo estimaciones. Según declaraciones del ex - ministro de Salud Ginés González García, publicadas en la revista Viva el 24/7/05, en la Argentina hay quinientos mil abortos anuales. El año pasado se produjeron 79.800 internaciones post-abortos, se calcula que por cada persona que se interna hay cinco o seis que no lo hacen.
La mortalidad materna es un flagelo nacional e internacional, y son las mujeres pobres las más afectadas. Es sabido que las mujeres de los sectores más favorecidos social y económicamente recurren a profesionales idóneos en el ámbito privado para resolver el problema de la maternidad no deseada, mientras que aquellas que pertenecen a los sectores más pobres sólo pueden acceder a procedimientos caseros o de baja calidad, con el consiguiente peligro que esto implica para su salud. Así lo señaló ya en 1987 Hafda T. Mahler, en la Conferencia Inaugural por una Maternidad sin Riesgo, en Nairobi: “La mortalidad materna ha sido una tragedia descuidada, y se ha descuidado porque las que sufren son personas ignoradas, con menos fuerza e influencia sobre cómo se emplean los recursos nacionales, son pobres y por encima de todo son mujeres”.
El poema. Datos y acciones
En el año 2004 con el título de Radiografía del aborto en la Argentina (4) se informaba que “A los hospitales llega un 46% más de mujeres con complicaciones en el aborto (…)” Esta cifra revelada por el ministro de Salud, Ginés González García, fundamentando la necesidad de implementar el Programa Nacional de Salud sexual y procreación responsable, daba cuenta de un viejo problema en nuestro país de las muertes de las mujeres por abortos clandestinos en condiciones inseguras. Esta situación era denunciada por el movimiento de mujeres, especialmente en los Encuentros Nacionales de Mujeres, así como en el que se realizó (Nº XVIII) en la ciudad de Rosario en agosto del 2003, donde se propuso desde varios talleres y se apoyó masivamente en el plenario final, la realización de un Encuentro Nacional por el Derecho al Aborto, con el objetivo de pensar, debatir y consensuar estrategias para conseguir el aborto legal, seguro y gratuito. En la invitación para este evento se manifestaba que “la clandestinidad del aborto pone de manifiesto, la desigualdad en el acceso a la salud. El derecho al aborto seguro es un componente del derecho a la salud integral de todas las mujeres.” (5) En su declaración final quedan esbozados los acuerdos de las acciones realizadas con posterioridad: implementado por la coordinadora nacional, espacio permanente de elaboración de la información y argumentación para las personas que aboguen por el aborto; reglamentación de los casos de abortos no punibles y contemplados en Código Penal por vía legislativa o administrativa; propiciar una correcta interpretación de las actuales excepciones a la punibilidad, entendiendo que en los casos de violación (6) o abuso sexual de niñas/os o personas con discapacidad mental o no, se presume necesariamente el daño a la salud, conforme a la definición elaborada por la OMS, que incluye su vertiente psíquica y realizar una campaña anual por el derecho al aborto. (7)
El poema La infanticida Marie Farrar de Bertold Brecha (8) da cuenta da cuenta del padecimiento de la menor “raquítica, huérfana, hasta el presente no fichada, dice haber asesinado a un niño de la siguiente manera:” Al final de cada estrofa dice: “Y a ustedes, les ruego, se abstengan de juzgar, pues toda criatura necesita ayuda de todas las demás.” señalando la moral de esta sociedad que juzga y castiga y no asiste a los más necesitados.
La Campaña, su consigna
Educación sexual para decidir, anticonceptivos para no abortar, aborto legal para no morir
Esta consigna fue elaborada por mujeres feministas que desde hace décadas vienen proponiendo debatir el tema del aborto y las consecuencias de su status legal actual en la vida y la salud de las mujeres. La consigna implica hacer profundos cambios en los sistemas de Educación, Salud y Justicia y también culturales.
La propuesta general abarca la despenalización y legalización del aborto “para que las mujeres que decidan interrumpir un embarazo tengan atención segura y gratuita en los hospitales públicos y obras sociales de todo el país. (…) ..la inmediata reglamentación de atención humanizada del post-aborto y la efectiva atención a mujeres y niñas que deciden abortar en los casos en que peligra su vida y su salud o ante situaciones de violación (9) que el artículo 86 (10) del Código Penal ya exime de pena.” (11)
El 25 de noviembre, Día internacional contra la violencia a la mujer, la comisión que dirige la Campaña informaba que ésta es sostenida por una amplia alianza en el nivel nacional, que incluye más de 250 organizaciones y personas de todo el país.”Las organizaciones y personas comprometidas queremos que los derechos sexuales y los derechos reproductivos sean reconocidos como derechos básicos de todas las personas. Por eso, es necesario garantizar el acceso universal a los servicios públicos que los sostienen como componentes imprescindibles de una salud integral (…)
La ilegalidad del aborto da lugar a prácticas diferenciadas según la condición socioeconómica de la mujer y a la falta de información. Mientras que las de los sectores mejor ubicados social y económicamente acuden en forma privada a profesionales idóneos, las pertenecientes a las franjas más pobres sólo tienen acceso a procedimientos caseros o de baja calidad, y por lo tanto, riesgosos para su salud y su vida. No queremos ni una sola muerte más por abortos clandestinos, máxime cuando fuentes estadísticas del Ministerio de Salud de la Nación afirman que el 70% de las muertes por gestación son totalmente evitables”.
La justicia social y los derechos humanos
El aborto es concebido como una causa justa por su contenido democrático y de justicia social que asegure los derechos humanos a las mujeres hoy privadas de ellos. En este sentido se exige que el Estado los garantice, así como lo hace con los derechos civiles, políticos, culturales, económicos y sociales.
¿Qué Estado necesitamos? La comisión exige “un Estado laico que no imponga reglas desde una teología moral, y que ejecute políticas públicas para habitantes de distintas creencias religiosas, o para quienes no las tienen. Necesitamos políticas públicas para todas y todos en el respeto por la democracia, la pluralidad y la legítima diversidad que supone un Estado que descansa en la soberanía popular y no en un poder emanado de creencias religiosas, que legisla en nombre de dios y de lo supuestamente sagrado”.
La protección de la mujer es insuficiente pues es alto también el índice de violencia hacia la mujer con distintas modalidades; es así como se reclama la implementación de programas que apunten a la reducción de la misma. Según Amnesty Intenational, en siete meses fueron asesinadas 81 mujeres, en casos de violencia de género. (12)
¿Qué ha pasado en el lapso de estos tres años en nuestro país?
¿Cómo es la desigualdad en la Argentina?
En nuestro país después de 30 años, se han iniciado los juicios a los genocidas que causaron 30.000 detenidos desaparecidos y con un desaparecido nuevo Julio López, testigo clave en el primer juicio. Pero este caso da cuenta que el aparato represivo no está desmantelado y la lucha por la verdad y la justicia será un proceso muy conflictivo.
Las mujeres y varones también estamos afectados en forma desigual en otros aspectos como los económicos o el empleo. El Congreso de la Nación está muy cuestionado por un lado por su papel en relación con el Poder Ejecutivo y por otro, por la existencia de numerosos proyectos que no se tratadn, como por ejemplo los doce proyectos de ley relacionados al aborto legal.
En términos generales consideramos que “hay fuertes rasgos de continuidad en aspectos centrales del desarrollo económico: la extranjerización y transnacionalización de las empresas, la propiedad y gestión privada de los servicios públicos, la apertura económica y la fuerte primarización de la producción. Al mismo tiempo, la ruptura de la convertibilidad y el mantenimiento de una nueva relación de cambio –tres veces más alta que la anterior- permitieron el resurgimiento de cierta producción industrial y el incremento de la exportación de bienes primarios” (13). Ello se ha sostenido en una alianza social que incluye el apoyo de la CGT.
La brecha entre ricos y pobres, una de las formas de medir las desigualdades, después de haber alcanzado el pico máximo en el año 2005 con 30,5 bajó pero la diferencia es muy significativa
El diputado Claudio Lozano (CTA) (14), al describir la situación laboral en el período 2001-2007 señala que el mercado laboral “arroja, a grandes rasgos, un proceso de caída en la generación de empleo (hasta estancarse en el último año), acompañada por una mayor caída en la presión/búsqueda laboral, lo que explica la caída de la tasa de desempleo, aunque a un ritmo menor que en el período 2003-2005, en el marco de una caída constante y sostenida de la desocupación.
Detrás del proceso de estancamiento en la generación de empleo en el marco de una economía que crece a una tasa del 9% anual, se esconde un elevado grado de rotación de la mano de obra que sustituye puestos de trabajo consolidándose así la figura del “asalariado interino que entra y sale de la empresa en función del ciclo de negocios en tanto el costo de entrada y salida resulta insignificante ante la vigencia de formas flexibles de contratación (períodos de prueba, becas, pasantías, trabajo clandestino, etc.)”
La situación salarial de los/as trabajadores/as, como se puso en evidencia en la reunión tripartita que discutió el salario mínimo vital y móvil (julio 2008), “no hay la voluntad política desde el poder, de tener un salario digno para los trabajadores” señala el dirigente José Rigane (15), en este país ha crecido pero la “riqueza se ha concentrado en determinados ámbitos y sectores que no están dispuestos a repartir, ni a distribuir”, concluyendo que “las iniciativas salariales no contemplan la necesidad de la gente.”
En esta línea se realiza una interpretación jurídica del salario mínimo vital y móvil incorrecta, así lo expresa el abogado laboralista, Dr. Meguira (16): “la ley no refiere a la línea de pobreza como pauta para la determinación del salario mínimo sino que remite a un conjunto de bienes que trascienden. Al no avanzar en la conformación de la canasta básica que contiene estos bienes, el propio Consejo (del salario) no cuenta con los elementos necesarios para fijar adecuadamente el monto del salario mínimo, vital y móvil de acuerdo a las pautas fijadas por ley.”
También existen en nuestro país algunas propuestas importantes pero desarticuladas del contexto como la lactancia materna cuyo objetivo es “apoyar a las madres a lactar mejorará las posibilidades de supervivencia de los niños y las niñas” (17). Es lícito preguntarse ¿en qué ámbitos se pueden cumplir? Cómo lo resuelve una madre qué trabaja?
Decimos que esta propuesta está desarticulada de las condiciones de vida de la mayoría de las mujeres, necesidades laborales y/o proyectos en los que la maternidad no es una opción excluyente. Así como las propuestas de extensión de la licencia por maternidad con goce de sueldo para madres que amamanten, parecen un logro en un sentido cuando tienen consecuencias desfavorables en las trayectorias laborales.
Es en el marco de esta complejidad donde ubicamos el problema de la mortalidad materna y aquellos que han surgido en este último período.
Año 2006: Movilización, exigiendo:
• Reglamentación de los abortos legales en Hospitales Públicos sin intervención, sancionando el abandono de persona cuando omita el servicio.
• Cumplimiento del Compromiso para la Disminución de la Mortalidad Materna (COFESA octubre 2004) y el Protocolo de Asistencia Humanitaria del Postaborto.
• Jornadas: estrategias para establecer consensos sobre aborto (Córdoba)
• Aplicación efectiva de la Ley Nacional 25673 de Salud Sexual y Procreación Responsable.
Año 2007
• Fallo de una jueza de Ushuaia que suspende la distribución gratuita de pastillas (18) de anticoncepción de emergencia. (19)
• Presentación de proyectos en los que se propone “toda mujer podrá decidir la interrupción voluntaria del embarazo antes de las doce semanas de gestación” y en “ningún caso será punible la mujer que interrumpa el embarazo” proponiendo modificar así el artículo 85 (que pena a quien causa la interrupción sin la autorización de la mujer) y derogar los artículos 86 y 88 del Código Civil.
• Un estudio con métodos científicos validados en el mundo determinó que en el país se producen entre 460 mil y 600 mil interrupciones voluntarias del embarazo por año, lo que significa casi un aborto por nacimiento. (20)
Año 2008
• En San Fernando, Provincia de Buenos Aires, las ligaduras de trompas se hacen con mucha dificultad, sobre todo si las mujeres que lo solicitan no van a cesárea. (21)
• Un estudio de la Organización Mundial de la Salud (OMS) (22) sobre salud reproductiva concluyó que las mujeres jujeñas tienen quince veces más probabilidades de morir por causas vinculadas con la maternidad que una porteña.
• Según datos del Ministerio de Salud, (23) los índices de mortalidad materna son apremiantes: en la Argentina mueren 48 mujeres por cada cien mil niños nacidos vivos.
• Fallo judicial a favor de la “píldora del día después”. Un abogado había interpuesto un recurso contra la Municipalidad de Rosario para que se anulara la ordenanza que regula este anticonceptivo porque era “abortivo”. El juez Kvasina descartó el planteo y rescató “el pleno acceso a los recursos médicos y farmacológicos”. (24)
• En las provincias del NOA, una de las regiones con mayor mortalidad, se detectó que el 99% de las muertes son el resultado de una combinación que suena a tragedia aún cuando es remediable: pobreza, falta de acceso a la salud integral, a la educación y a la información.
• Desde hace meses el Ministerio de Salud no puede hacer la distribución de los anticonceptivos, a los hospitales y centros de salud pues una partida quedó varada en la Aduana. Las más perjudicadas son las mujeres pobres. (25)
• En el mes de agosto se reiteran las denuncias por la falta de anticonceptivos en los hospitales de varias provincias.
• La justicia de Córdoba ha prohibido a la Provincia que siga distribuyendo la Anticoncepción Hormonal de Emergencia conocida como“píldora del día después” en sus hospitales y centros de salud y por el dictamen de expertos y fallos judiciales anteriores (entre otros de la SOGIBA en el caso de Tierra de Fuego). La demanda la realizó la onG Portal de Belén.
• La ministra de Salud de la Nación apelará la sentencia de un tribunal que prohíbe la distribución en hospitales del anticonceptivo de emergencia. “Es un fallo sin fundamentos, no hay evidencia científica de que sea abortiva.”
• En la legislatura porteña se presentaron tres iniciativas que apuntan a autorizar la interrupción de embarazos para cualquier víctima de violación. (26)
Realizando más precisiones sobre el tema, la Organización Mundial de la Salud (OMS) (27) señaló que “Hace 25 años que en nuestro país el aborto es la primer causa de muerte materna. (…) Hoy, por cada 100 muertes maternas, 29 se deben a abortos. (…) en el último cuarto de siglo las hemorragias y la sepsis con complicaciones puerperales se turnaban como segunda causa de muerte materna.”La gran dificultad del país ha sido la prevención de los embarazos no deseados. La anticoncepción dependía del bolsillo de la mujer; recién en 2003 se empezaron a entregar anticonceptivos en forma gratuita y sin discriminación. El programa de salud sexual y procreación responsable del Ministerio de Salud está haciendo su trabajo, pero aún llevará muchos años antes de que todas las mujeres que quieren prevenir el embarazo puedan acceder a ellos.”, pronosticó la médica epidemióloga Mariana Romero, investigadora del Conicet y del Centro de Estudios de Estado y Sociedad (CEDES).
En este tema el principal responsable es el gobierno, encargado de asegurar a través de distintos medios el cumplimiento de la ley, como garantizar la asistencia en las complicaciones post-aborto (28), como parte de las diversas prestaciones que deben asegurar el derecho a la salud integral de la mujer.
En este sentido es preocupante cuando a través de Artemisa Noticias, nos informamos que más de una decena de proyectos de ley sobre aborto ingresaron el último año en el Congreso de la Nación. La mayoría intenta garantizar el acceso de las mujeres a las prácticas de aborto permitidas por el Código Penal de la Nación y despenalizarlas si deciden interrumpir un embarazo. Similares iniciativas fueron presentadas en la ciudad de Buenos Aires.
Después de tres años del inicio de la Campaña Nacional por el Derecho al Aborto Legal, Seguro y Gratuito, con la consigna “educación sexual para decidir, anticonceptivos para no abortar, Aborto legal para no morir” y a un año de la presentación del proyecto, lo que más preocupa es que se cumpla el art. 86 del Codigo Penal.
El marco legal
El marco legal que enuncia el artículo 75 (inc.22 y 23) de la Constitución Nacional, será considerado en nuestra propuesta. El inciso 23 dice: “legislar y promover medidas de acción positiva que garanticen la igualdad real de oportunidades y de trato y el pleno goce y ejercicio de los derechos reconocidos por esta constitución y por los tratados internacionales vigentes sobre derechos humanos, en particular respecto de los niños, las mujeres, los ancianos y las personas con discapacidad (…).
“Las cuatro conferencias (29) mundiales sobre la mujer convocadas por las Naciones Unidas en el último cuarto de siglo han contribuido a situar la causa de la igualdad entre los géneros en el mismo centro del temario mundial. Las conferencias han unido a la comunidad internacional en apoyo de un conjunto de objetivo comunes con un plan de acción eficaz para el adelanto de la mujer en todas partes y en todas las esferas de la vida pública y privada.”
Primera Conferencia: 1975, año Internacional de la Mujer, realizada en México
Segunda Conferencia: 1980, Copenhague
Tercera Conferencia: 1985, Nairobi
Cuarta Conferencia: 1995, Beijing
Los tratados internacionales que mencionamos reconocen que:
• la violencia y discriminación que se ejerce en sus diversas formas contra la mujer son una violación a los derechos humanos;
• Las relaciones desiguales y de subordinación se gestaron durante miles de años;
• Los Estados deben tener una política activa para combatir, erradicar y prevenir las desigualdades entre varones y mujeres y propuestas superadoras de diversa índole.
La norma proyectada en Políticas de Promoción de la igualdad educativa plantea en la Ley Nacional de Educación, en el artículo 79, enfrentar situaciones de injusticia, marginación, estigmatización y otras formas de discriminación, derivadas de factores socioeconómicos, culturales, geográficos, étnicos, de género o de cualquier otra índole que afecten el ejercicio pleno del derecho a la educación.
Papel de la Iglesia
Esta institución obstaculiza por todos los medios posibles (asistencial, educacional, legal, periodístico y callejero) la prevención y asistencia a las mujeres afectadas directa e indirectamente, en sus derechos sexuales y reproductivos.
Conclusiones
Las cifras de mortalidad materna son escalofriantes. Los instrumentos jurídicos obtenidos hasta la actualidad son un paso adelante en el reconocimiento de que la mujer tiene derecho a decidir sobre su cuerpo pero no existe una decisión política de Estado para revertir la situación. Se facilita que así surjan permanentemente obstáculos de distinto orden para implementar las leyes ya sancionadas.
Hasta ahora la penalización del aborto no ha logrado salvar ninguna vida, pues actúa para sancionar y no tiene un fin preventivo. Un logro fue un fallo que sienta jurisprudencia: la Suprema Corte de Justicia bonaerense anuló la condena a una mujer que intentó hacerse un aborto casero y fue denunciada por los médicos de un hospital, donde concurrió para ser atendida. La mujer admitió que se había introducido “perejil y yuyos” para interrumpir su embarazo. El máximo tribunal consideró que “no se hallaba libre para consentir la autoincriminación que formuló, dado que su vida corría peligro”. (30)
Otro logro fue el procesamiento a los médicos que negaron a practicar el aborto legal en el caso Acevedo. (31)
Los objetores de conciencia dentro y fuera del ámbito de salud no pueden sustituir la decisión personal de las mujeres a decidir sobre su cuerpo y forzar a continuar un embarazo no deseado.
Propuesta:
Consideramos que el movimiento de mujeres, fragmentado por cuestiones estratégicas, debe nucleares alrededor del eje: BASTA DE MORTALIDAD MATERNA POR ABORTOS CLANDESTINOS.
Notas:
1) Argenpress, publicación on line, 23 de diciembre de 2008.
2) Tras Cartón – septiembre de 2005.
3) Romina es una joven jujeña que a los 18 años fue víctima de abuso sexual. Luego de maniobras abortivas durante todo su embarazo, en medio de un episodio psicótico hirió mortalmente al recién nacido fruto de la violación. Fue condenada a 14 años de prisión.
4) Diario Página 12 – 08/02/04.
5) Iº ENCUENTRO NACIONAL SOBRE ESTRATEGIAS POR EL DERECHO AL ABORTO.
6) En la Argentina se cometen más de 3000 violaciones al año. Son casi nueve por día, una más, en promedio, que en 1999, de acuerdo a las estadísticas oficiales que publica hoy Clarín. (19/12/04).
7) Declaración, 23/02/04.
8) Se adjunta poema.
9) Violaciones: seis de cada diez víctimas son menores. Clarín, 16/10/05.
10) El capítulo Delitos contra las personas engloba los Delitos contra la vida, desde el artículo 84 al 88 se especifica la prohibición y castigo a los profesionales que practicaren aborto, así como a la mujer que causare su propio aborto. El artículo 86: Incurrirán en las penas establecidas en el artículo anterior y sufrirán, además inhabilitación especial por doble tiempo que el de la condena, los médicos, cirujanos, parteras o farmacéuticos que abusaren de su ciencia o arte para causar el aborto o cooperasen a causarlo. El aborto practicado por un médico diplomado con el consentimiento de la mujer encinta, no es punible:
1. Si se ha hecho con el fin de evitar un peligro para la vida o la salud de la madre y si este peligro no puede ser evitado por otros medios.
2. Si el embarazo proviene de una violación o de un atentado al pudor cometido sobre una mujer idiota o demente. En este caso, el consentimiento de su representante legal deberá ser requerido para el aborto.
11) Declaración de la Campaña Nacional por el Derecho al Aborto Legal, Seguro y Gratuito en los meses previos al lanzamiento de la misma. (No se consigna fecha).
12) Página 12, 15 de agosto de 2008.
13) Ortiz, Ricardo y Schorr, Martín. Continuidades y rupturas en las políticas aplicadas por los gobiernos de “izquierda” en América Latina. Revista Nueva Sociedad, Mayo 2008.
14) Central de Trabajadores de la Argentina.
15) Secretario de Organización de la CTA Nacional.
16) Asesor jurídico de la CTA. Declaraciones en el periódico de esta organización –año V-Nº 53 –julio de 2008.
17) De la declaración de UNICEF, publicado en Página 12 el 9 de agosto de 2008.
18) En el mes de marzo de 2007 el Ministro de Salud comenzó a distribuir en forma gratuita en los centros de atención primaria y en los hospitales el anticonceptivo de emergencia, incorporándolo al Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable.
19) Clarín, 24/05/07
20) Diario Página 12, 02/06/07.
21) RIMA,05 de mayo de 2008.
22) Dario Página 12, 26/06/08
23) Vallejos, Soledad. La fertilidad como negocio y como condena, Diario Página 12, 20 de junio de 2008.
24) RIMA-jueves 03 de julio de 2008.
25) Publicado por Página 12 el 6 de mayo de 2008.
26) Se amplía la visión restrictiva del artículo 86, incisos 1 y 2. Se incluye la posibilidad de que cualquier mujer que resulte embarazada en una 0
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